Supresión del periodo anual de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
El 5 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, cuyo artículo 216.5 suprime el periodo anual de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, modelo 349.
Por lo tanto, para las declaraciones correspondientes a 2020 y siguientes, se suprime la presentación anual del modelo 349 por lo que, deberá presentar el modelo 349 con periodicidad trimestral.
Si al final de cualquiera de los meses que componen cada trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deba consignar en el modelo 349 superará los 50.000 euros, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, deberá presentar una declaración recapitulativa para el mes o los meses transcurridos desde el comienzo de dicho trimestre natural durante los veinte primeros días naturales inmediatos siguientes, de acuerdo con el siguiente criterio:
a) Si se supera el importe mencionado en el párrafo anterior en el primer mes del trimestre natural, deberá presentarse una declaración mensual incluyendo las operaciones realizadas en dicho mes.
b) Si se supera el importe mencionado en el párrafo anterior en el segundo mes del trimestre natural, deberá presentarse una declaración mensual, en la que se incluirán las operaciones correspondientes a los dos primeros meses del trimestre y se incorporará una marca en la que se indique que se trata de un trimestre truncado. En ambos casos, superado el importe anterior y presentado el modelo 349 a que se refieren las letras a) y b), se deberá presentar mensualmente el modelo 349 durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período mensual, salvo la correspondiente al mes de julio, que podrá presentarse durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre, y la correspondiente al mes de diciembre, que deberá presentarse durante los 30 primeros días naturales del mes de enero.
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